Df 1 se modifica la Ley 2... Andalucía

Df 1 se modifica la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Se establece un plazo de un año, a contar desde la entrada en vigor del presente decreto-ley, para su desarrollo reglamentario.

2. Se habilita a la persona titular de la Consejería competente en materia de transportes para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este decreto-ley.