Df 1 Modelos, y normas ac...o 380 IVA-

Df 1 Modelos, y normas actualizadas y refundidas de Impuestos Especiales de Fabricación e Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y modificación de Orden EHA/1308/2005 -Modelo 380 IVA-

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D.F. 1ª. Modificación de la Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el modelo 380 de declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentación, así como las condiciones generales y el procedimiento para su presentación por medios telemáticos.

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La Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se prueba el modelo 380 de declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentación, así como las condiciones generales y el procedimiento de presentación por medios telemáticos, queda modificada en los siguientes términos:

Uno. El apartado primero queda redactado del siguiente modo:

«Primero. Aprobación del modelo 380.-Se aprueba el modelo 380 «Declaración-liquidación. Operaciones asimiladas a las importaciones del Impuesto sobre el Valor Añadido», que figura como anexo I de esta Orden.»

Dos. El punto 1 del apartado séptimo, queda redactado del siguiente modo:

«1. El modelo 380 se deberá presentar por vía telemática en los plazos establecidos en el artículo 73 del Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y en el apartado Cuarto de esta Orden. Con carácter general, deberán seguirse las normas contenidas en la Orden EHA/3212/2004, de 30 de septiembre, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes a los modelos 308, 309, 341, 370, 371, 430 y 480.

No obstante, cuando el obligado al pago solicite aplazamiento o fraccionamiento de la deuda, se seguirá el procedimiento establecido en la Orden del Ministerio de Hacienda de 21 de diciembre de 2000, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes a los modelos 117, 123, 124, 126, 128, 216, 131, 310, 311, 193, 198, 296 y 345.

El declarante deberá cumplimentar y transmitir los datos fiscales del formulario disponible en la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatr ibutaria. es), ajustados al contenido del modelo 380 vigente.»

Tres. El modelo 380 de declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones contenido en el anexo I de la Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el modelo 380 de declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentación, así como las condiciones generales y el procedimiento de presentación por medios telemáticos queda sustituido por el modelo incluido en el anexo XLIX de la presente Orden.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-12-2007 en vigor desde 01-01-2008