Df 1 Medidas de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por los jóvenes para viajes en 2024 en periodo estival
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»D.F. 1ª. Títulos competenciales.
Vigente
Este real decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª y 21.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica; y en materia de ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una comunidad autónoma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-06-2024 en vigor desde 06-06-2024