Df 1 Juventud de La Rioja -Derogada-
Df 1 Juventud de La Rioja -Derogada-

Df 1 Juventud de La Rioja -Derogada-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se autoriza al Gobierno de La Rioja para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.

El Instituto Riojano de la Juventud se constituirá en el momento en que lo haga su Consejo de Administración, previo nombramiento por el Consejo de Gobierno de la persona titular de la Dirección del Instituto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-07-2005 en vigor desde 10-07-2005