Df 1 Garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia
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»D.F. 1ª.
Vigente
En el plazo máximo de tres meses el Consejo de Gobierno remitirá a la Asamblea de Madrid el proyecto de Ley reguladora del Defensor de los Menores de la Comunidad de Madrid y el del Instituto Madrileño de Atención a la Infancia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 07-04-1995 en vigor desde 07-04-1995