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Df 1 Función pública de La Rioja -Derogada-

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D.F. 1ª. Capacidad negociadora de las organizaciones sindicales

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Serán objeto de negociación con las organizaciones sindicales de funcionarios en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de esta Administración Pública, las siguientes materias:

- Aplicación de retribuciones.

- Preparación de los planes de la oferta pública de empleo.

- Clasificación de los puestos de trabajo.

- Sistemas de ingreso, provisión y promoción profesional de funcionarios.

- Las de índole económica, de prestación de servicios, sindical y asistencial. En general, cuantas otras afecten a las condiciones de trabajo y al ámbito de relaciones de los funcionarios públicos y sus organizaciones sindicales con la Administración.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-07-1990 en vigor desde 05-08-1990