Df 1 facultad de desarrollo facultad Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo
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Df 1 facultad de desarrollo facultad Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo

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D.F. 1ª Facultad de desarrollo.

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Se autoriza al Gobierno de Cantabria para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley. En particular, se le faculta para realizar las adaptaciones normativas necesarias con objeto de atribuir a la Dirección General responsable en materia de trabajo, la competencia de coordinarse y colaborar con el Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo al objeto de gestionar de manera integrada las políticas preventivas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2008 en vigor desde 31-12-2008