Df 1 Extinción de cámaras... del IRYDA

Df 1 Extinción de cámaras agrarias provinciales y régimen jurídico de transmisiones del IRYDA

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D.F. 1ª. Habilitación.

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Se faculta al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades a que dicte las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley.

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  • Texto Original. Publicado el 12-11-2021 en vigor desde 02-12-2021