Df 1 Derechos Culturales

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D.F. 1ª. Modificación de la Ley Foral 32/2002, de 19 de noviembre, por la que se regula el Sistema Bibliotecario de Navarra.

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El apartado 1 del artículo 12 de la Ley Foral 32/2002, de 19 de noviembre, por la que se regula el Sistema Bibliotecario de Navarra, queda redactado en los siguientes términos:

"1. Tienen la consideración de servicios básicos de las bibliotecas públicas de Navarra: el acceso a la información; la lectura y consulta en las salas de todo tipo de documentos, en cualquier soporte y formato, con las debidas garantías de protección, conservación e integridad; el préstamo individual y colectivo de los documentos así como el préstamo interbibliotecario; el acceso a Internet y a los servicios de información en línea".

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-01-2019 en vigor desde 26-01-2019