Df 1 Contenido mínimo de la documentación necesaria para la elaboración de los informes a los estudios de impacto ambiental a los que se refiere el art. 11 de la Ley 4/1998, del Patrimonio Cultural
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Desarrollo.
Vigente
Se autoriza al conseller o a la consellera con competencias en materia de cultura para dictar los actos y disposiciones necesarias para el desarrollo y la ejecución de este Decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-12-2010 en vigor desde 15-12-2010