Df 1 Contenido de las listas electorales y de las copias del censo electoral
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Facultades de desarrollo y aplicación.
Vigente
Se faculta al Ministro de Economía para dictar las normas de desarrollo que sean necesarias para el cumplimiento de este Real Decreto.
Se faculta al Presidente del Instituto Nacional de Estadística, para dictar las resoluciones precisas para la aplicación de este Real Decreto, exclusivamente en las materias propias de su competencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2003 en vigor desde 28-12-2003