Df 1 Condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Carácter básico y título competencial.
Vigente
Este Real Decreto tiene carácter básico, y se dicta al amparo de lo dispuesto en artículo 149.1.16 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2005 en vigor desde 31-12-2005