Df 1 Comercio Interior de Madrid
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»D.F. 1ª.
Vigente
En el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la Ley se aprobarán los Reglamentos de regulación de los Registros de Franquiciadores y de las Empresas de Ventas a Distancia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-05-1999 en vigor desde 19-05-1999