Df 1 Canon por utilización de aguas continentales para producción de energía eléctrica
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»D.F. 1ª. Título competencial.
Vigente
Este real decreto se dicta al amparo de la habilitación contenida en el artículo 149.1.22.ª de la Constitución que atribuye al Estado competencia sobre legislación ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando discurran por más de una comunidad autónoma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-03-2015 en vigor desde 26-03-2015