D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo y ejecución del Decreto Foral.
Vigente
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Se faculta al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para dictar las disposiciones que sean precisas para el desarrollo y ejecución de este Decreto Foral.
Modificaciones
Texto Original. Publicado el 28-02-2005 en vigor desde 01-03-2005