Df 1 Agencia Catalana de Turismo
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Aprobación de los estatutos y desarrollo normativo.
Vigente
En el plazo de seis meses a contar de la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno debe aprobar los estatutos de la Agencia Catalana de Turismo y las normas necesarias para el desarrollo de la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-12-2007 en vigor desde 18-12-2007