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Decreto 34/2024, de 6 de junio, por el que se modifica el Decreto 91/2018, de 31 de octubre, por el que se establece el régimen de los horarios de los establecimientos públicos, instalaciones portátiles o desmontables destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas., - Boletín Oficial de Cantabria, de 14-06-2024

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: Consejo de Gobierno

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 115

F. Publicación: 14/06/2024

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Cantabria Número 115 de 14/06/2024 y no contiene posibles reformas posteriores

Decreto 34/2024, de 6 de junio, por el que se modifica el Decreto 91/2018, de 31 de octubre, por el que se establece el régimen de los horarios de los establecimientos públicos, instalaciones portátiles o des- montables destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria se regulan mediante el Decreto 91/2018, de 31 de octubre, por el que se establece el régimen de los horarios de los establecimientos públicos, instalaciones portátiles o desmontables destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Dentro de los establecimientos dedicados a actividades de ocio y diversión, existe una categoría que el Decreto define como "pubs, whiskerías y locales asimilados", cuya apertura quedó fijada para el horario preferentemente nocturno.

El sector de la hostelería viene demandando la posibilidad de que el horario de apertura de estos establecimientos se permita también a partir de las 12.00 horas, de modo que puedan ejercer su actividad en este nuevo tramo horario, incrementándose así la oferta de ocio y disfrute, de forma similar a la ya existente en la mayoría de Comunidades Autónomas. Esta propuesta se realiza sin que el régimen del horario nocturno resulte alterado, por lo que no debe suponer menoscabo de otros intereses, como son la protección de la tranquilidad, el respeto al descanso de la ciudadanía y el derecho a disfrutar de un medioambiente adecuado.

De este modo, mediante la modificación operada en el presente Decreto se pretende ampliar el marco de actuación de dichos establecimientos, pero en todo caso teniendo en cuenta el necesario respeto de los otros valores y derechos afectados.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de junio de 2024,

DISPONGO

Artículo único. Se modifica el horario general del epígrafe de "Pubs, whiskerías y locales asimilados", dentro de las "Actividades de ocio y diversión" del apartado segundo del artículo 3 del Decreto 91/2018, de 31 de octubre, por el que se establece el régimen de los horarios de los establecimientos públicos, instalaciones portátiles o desmontables destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, que queda redactado como sigue:

HORARIO GENERAL

Actividades de ocio y diversión: Pubs, whiskerías y locales asimilados.

APERTURA INVIERN 12:00

CIERRE INVIERNO3:30

APERTURA VERANO 12:00

CIERRE VERANO 4.30

Disposición transitoria única. Procedimientos iniciados a la entrada en vigor del Decreto.

A los procedimientos ya iniciados antes de la entrada en vigor del presente Decreto no les será de aplicación el mismo, rigiéndose por la normativa anterior.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 6 de junio de 2024.

La presidenta del Gobierno de Cantabria, Mª José Sáez de Buruaga Gómez.

La consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa, Mª Isabel Urrutia de los Mozos.