Legislación

DECRETO 221/2013, de 3 de septiembre, por el que se regula el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público y se aprueba su organización y su funcionamiento. - Diario Oficial de Cataluña de 05-09-2013

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022

F. entrada en vigor: 06/09/2013

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 6454

F. Publicación: 05/09/2013


Preambulo
CAPÍTULO I. Regulación, competencias y ámbito de actuación del Tribunal
Artículo 1. Regulación del Tribunal Artículo 2. Naturaleza jurídica Artículo 3. Ámbito de actuación Artículo 4. Sede del Tribunal
CAPÍTULO II. Composición del Tribunal, estatuto y funciones de sus miembros
SECCIÓN 1ª. Composición y estatuto personal.
Artículo 5. Composición del Tribunal Artículo 6. Requisitos para ser miembro del Tribunal Artículo 7. Mandato Artículo 8. Estatuto personal
SECCIÓN 2ª. Funciones
Artículo 9. Funciones
CAPÍTULO III. Adopción de acuerdos
Artículo 10. Asistencia y adopción de acuerdos Artículo 11. Objetividad, imparcialidad y sigilo Artículo 12. Actas de las sesiones del Tribunal Artículo 13. Soporte y asistencia
CAPÍTULO IV. Normas de procedimiento
Artículo 14. Normas de procedimiento Artículo 15. Inadmisión a trámite de asuntos presentados Artículo 16. Legitimación Artículo 17. Interposición del recurso, reclamación o cuestión de nulidad Artículo 18. Lugar de presentación Artículo 19. Plazos Artículo 20. Acumulación de recursos Artículo 21. Suspensión del acto de adjudicación y adopción de medidas provisionales Artículo 22. Remisión del expediente Artículo 23. Acceso al expediente y alegaciones Artículo 24. Prueba Artículo 25. Indemnización de daños y perjuicios Artículo 26. Resolución Artículo 27. Ejecución de las resoluciones Artículo 28. Cancelación, devolución y ejecución de garantías Artículo 29. Impugnación de las resoluciones y de los actos del Tribunal Artículo 30. Envío del expediente a los juzgados o tribunales y notificación a los interesados
CAPÍTULO V. Utilización de medios electrónicos
Artículo 31. Tramitación electrónica del recurso, reclamación o cuestión de nulidad y de las medidas provisionales Artículo 32. Personas y entidades obligadas a la utilización de medios electrónicos
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Medios personales y materiales del Tribunal
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Primer nombramiento del presidente del Tribunal y duración de su mandato inicial D.T. 2ª. Procedimientos en curso
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª D.F. 2ª. Entrada en vigor