Ddt única Subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica
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»D.DT. Única. Derogación normativa.
Vigente
Queda derogada en sus términos, en lo no afectado por la disposición transitoria segunda de este real decreto, la Orden del Ministerio del Interior, de 18 de marzo de 1993, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-03-2005 en vigor desde 20-03-2005