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Ddt única Reglamento General de aplicación de la Ley de Caza

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D.DT. Única. Derogación normativa.

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Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al presente decreto y, en particular, las siguientes:

a) Decreto 141/1996, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general de aplicación de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de caza de Castilla-La Mancha.

b) Decreto 8/2014, de 30 de enero, por el que se regula la práctica de la cetrería en Castilla-La Mancha y se crea el Registro de Aves Rapaces y de Cetrería, excepto lo referido al registro de aves rapaces y de cetrería incluidos en los artículos del 8 al 19.

c) Orden de 15 de enero de 1999, por la que se dictan las normas complementarias al establecimiento de cotos intensivos de caza en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

d) Orden de 21 de enero de 1999, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se autoriza la práctica de la caza del jabalí en mano en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-03-2022 en vigor desde 03-03-2022