Ddt única Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas
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»D.DT. Única. Derogación normativa.
Vigente
1. Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango en cuanto contradigan o se opongan a lo dispuesto en el Reglamento que se aprueba por este Real Decreto.
2. Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones:
a) El Reglamento para la ejecución de la Ley 32/1988, de 10 de noviembre, de Marcas, aprobado por el Real Decreto 645/1990, de 18 de mayo.
b) El Reglamento de los procedimientos relativos a la concesión, mantenimiento y modificación de los derechos de propiedad industrial, aprobado por el Real Decreto 441/1994, de 11 de marzo, en cuanto afecta a las marcas, nombres comerciales y rótulos de establecimiento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-07-2002 en vigor desde 31-07-2002