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D.DT. UNICA.- Derogación normativa.

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1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta ley.

2. Especialmente, se deroga el título V de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-04-2015 en vigor desde 14-06-2015