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Ddt única desarrolla parcialmente el RD. 939/2005 -Reglamento General de Recaudacion-

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D.DT. UNICA. Derogación normativa.

Vigente

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A partir de la entrada en vigor de la presente orden quedan derogadas las siguientes disposiciones.

a) Orden Ministerial de 15 de junio de 1995, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 448/1995, de 24 de marzo, en relación con las Entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria.

b) Orden Ministerial de 28 de diciembre de 2000 por la que se otorga carácter de justificante de pago a determinados documentos expedidos por las Entidades de depósito.

c) Los apartados tercero, cuarto y quinto de la Orden HAC/3578/2003, de 11 de diciembre, por la que se desarrolla el Reglamento General de Recaudación en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 1248/2003, de 3 de octubre y se modifica la Orden de 15 de junio de 1995, en relación con las Entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria.

d) Las apartados 6, 8 y 9 de la Orden de 4 de junio de 1998 por la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública.

Asimismo quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en la presente orden.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-07-2007 en vigor desde 09-10-2007