Ddt única Actividad convencional

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D.DT. Única. Derogación normativa y pérdida de efectos

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1. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en el presente decreto.

2. Deja de tener efectos el Acuerdo, de 16 de octubre de 2003, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban criterios de coordinación de actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Modificaciones