Ddt �nica Presupuestos 2020 I Balears

Ddt �nica Presupuestos 2020 I. Balears

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.DT. Única. Normas que se derogan

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


Quedan derogadas todas las normas de rango igual o inferior que se opongan a lo dispuesto en la presente ley y, concretamente:

a) La disposición adicional decimoséptima de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2012.

b) El apartado 1 de la disposición adicional séptima de la Ley 8/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2014.

c) Los apartados 4 y 6 del artículo 17 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

d) El apartado 6 y la regla 4ª del apartado 7 del artículo 3 del Decreto 122/2000, de 1 de septiembre, por el que se regulan las aportaciones al fondo de provisiones técnicas de las sociedades de garantías recíprocas y el apoyo a sus socios partícipes por las consejerías del Gobierno de las Illes Balears.

e) La disposición adicional única del Decreto 62/2006, de 7 de julio, por el que se regula el régimen de control interno que ha de ejercer la Intervención General de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

f) La Orden del consejero de Educación, Cultura y Deportes, de día 7 de septiembre de 1998, por la cual se dictan normas en materia de ayudas económicas para los siniestros del personal funcionario docente que se produzcan por razón del servicio.

g) El artículo 41 bis de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

h) La disposición final primera de la Ley 7/2017, de 3 de agosto, por la que se modifica la Compilación de derecho civil de las Illes Balears.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2019 en vigor desde 01-01-2020