Ddt �nica Presupuestos 2019 I Balears
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D.DT. Única. Normas que se derogan

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Quedan derogadas todas las normas de rango igual o inferior que se opongan a lo dispuesto en la presente ley y, concretamente:

a) La Ley 7/1989, de 18 de mayo, de tasas en materia de carreteras y turismo.

b) Los artículos 10 y 11 y el apartado 1 de la disposición adicional segunda del Decreto ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas.

c) La disposición adicional cuarta de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

d) La letra b) del apartado 2 del artículo 12 del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

e) La letra i) del apartado 1 del artículo 278, el artículo 347 bis y el artículo 351 bis de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de las tasas de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2018 en vigor desde 01-01-2019