Ddt �nica Pesca de Canarias

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D.DT. UNICA.

Vigente

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Queda derogado el Capítulo IV, Sección 2ª, de la Ley 2/2002, de 27 de marzo, de Establecimiento de normas tributarias y de medidas en materia de organización administrativa, de gestión, relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador.

Así mismo, quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-04-2003 en vigor desde 23-07-2003