Ddt �nica Patrimonio Cultural
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»D.DT. Única.
Vigente
1.- Queda derogada la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, salvo el Capítulo VI del Título III, relativo al patrimonio documental, así como el Capítulo I del Título IV, sobre los servicios de archivos.
2.- Queda derogado el Decreto 62/1996, de 26 de marzo, por el que se crea el Consejo Asesor de Patrimonio Arqueológico de Euskadi.
3.- Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la presente ley.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.DT. Única (apdo. 1, se corrige)) por CORRECCIÓN DE ERRORES de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco.
(BOPV de 11-06-2019) en vigor desde 21-05-2019 - Texto Original. Publicado el 20-05-2019 en vigor desde 21-05-2019