Ddt �nica Medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego
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»D.DT. UNICA. Derogación normativa.
Vigente
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Ley y, expresamente, las siguientes:
a) Los artículos 4, 17, 18, 19 y 23 del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Tributos Cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2006, de 12 de diciembre.
b) Los artículos 2, 5, 6, 9, 10, 11, 13, 20, 21, 22, 36 y 37 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2012 en vigor desde 29-06-2012