Ddt �nica Medidas tributarias y administrativas 2002 I. Balears
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»D.DT. UNICA.
Vigente
1. Se deroga la disposición transitoria sexta de la Ley 11/2001, de 15 de junio, de ordenación de la actividad comercial en las Illes Balears, en la redacción establecida por la disposición adicional quinta de la Ley 20/2001, de 21 de septiembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública.
2. Se deroga la disposición transitoria tercera de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, de patrimonio histórico de las Illes Balears.
3. Quedan derogadas todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo dispuesto en la presente ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2002 en vigor desde 01-01-2003