Ddt �nica Medidas Fiscales y Administrativas 2011 de Madrid
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»D.DT. Única. Derogación normativa
Vigente
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones normativas de igual o inferior rango se opongan o contradigan lo dispuesto en la presente ley.
2. En particular, quedan derogadas las siguientes disposiciones:
a) El apartado 3 de la disposición derogatoria única del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
b) La Ley 6/2004, de 28 de diciembre, de Creación del Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid.
c) El artículo 13 de la Ley 7/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2011 en vigor desde 01-01-2012