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Ddt �nica Medidas Fiscales y Administrativas 2006 de Madrid

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D.DT. UNICA. Derogación normativa.

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1. A partir de la entrada en vigor de esta Ley quedan derogadas las siguientes disposiciones:

a) Los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 y la Disposición Transitoria Primera de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

b) Se dejan sin efecto en el ámbito de la Comunidad de Madrid los artículos 16.1, 29, 30, 31, 32, 33, 34 del Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre Selección de Personal Estatutario y Provisión de Plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.

2. Asimismo, quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2006 en vigor desde 01-01-2007