Ddt �nica Gobierno de I...-derogada-

Ddt �nica Gobierno de Illes Balears -derogada-

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D.DT. UNICA.

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1. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo que se dispone en esta ley, la contradigan o sean incompatibles con ella.

2. Quedan derogados los artículos 3; 4; 5; 6; 7; 8; 9; 10; 11; 12; 13; 14; 15; 16; 17; 18; 19, puntos 3 y 4; 20; 21; 22; 23; 24; 25; 26, puntos 2, 5 y 8; 27, primer inciso; 29; 32, 35, 36, 37, punto 2; 39 y 41, así como las disposiciones adicionales y transitoria de la Ley 5/1984, de 24 de octubre, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-03-2001 en vigor desde 23-03-2001