Ddt �nica Turismo de C León
Ddt �nica Turismo de C León

Ddt �nica Turismo de C. León

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.DT. UNICA..Derogación normativa.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en esta ley.

2. Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones.

a) La Ley 10/1997, de 19 de diciembre, de Turismo de Castilla y León.

b) Los artículos 2.3, 11 y 12 del Decreto 84/1995, de 11 de mayo, de ordenación de alojamientos de turismo rural. c) La Orden de 20 de enero de 1988 de la Consejería de Fomento, por la que se crea el Registro de Empresas y Actividades Turísticas existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

d) Los artículos 13, 14, 15, 16 y 17 de la Orden de 27 de octubre de 1995, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, de desarrollo del Decreto 84/1995, de 11 de mayo, de ordenación de alojamientos de turismo rural.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-12-2010 en vigor desde 20-03-2011