Ddt �nica Turismo de C. León
D.DT. UNICA..Derogación normativa.
1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en esta ley.
2. Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones.
a) La Ley 10/1997, de 19 de diciembre, de Turismo de Castilla y León.
b) Los artículos 2.3, 11 y 12 del
d) Los artículos 13, 14, 15, 16 y 17 de la Orden de 27 de octubre de 1995, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, de desarrollo del
- Texto Original. Publicado el 20-12-2010 en vigor desde 20-03-2011