Ddt �nica Patrimonio de Aragón -Derogada-
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.DT. Unica. Derogación normativa.
Vigente
1. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en esta ley y, en especial, el Decreto Legislativo 2/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón, y el Decreto 36/1989, de 21 de febrero, sobre régimen jurídico de aplicación a los bienes patrimoniales de naturaleza inmobiliaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. Queda derogado el artículo 1.3 de la Ley 14/1992, de Patrimonio Agrario de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-03-2011 en vigor desde 21-06-2011