Ddt �nica Ordenación del Territorio de Canarias
D.DT. UNICA. Disposiciones que quedan derogadas de forma expresa y por sustitución.
1. Quedan derogadas expresamente:
a) Las siguientes Leyes:
1) La Ley 3/1985, de 29 de julio, de Medidas Urgentes en Materia de Urbanismo y Protección de la Naturaleza.
2) La Ley 1/1987, de 13 de marzo, reguladora de los Planes Insulares de Ordenación.
3) La Ley 5/1987, de 7 de abril, sobre Ordenación Urbanística del Suelo Rústico de la Comunidad Autónoma de Canarias.
4) La Ley 6/1987, de 7 de abril, sobre el Sistema de Actuación de Urbanización Diferida.
5) La Ley 7/1990, de 14 de mayo, de Disciplina Urbanística y Territorial.
b) Las siguientes disposiciones reglamentarias:
1) El Decreto 29/1991, de 21 de febrero.
2) El Decreto 220/1993, de 29 de julio.
3) Las Órdenes Departamentales, de 17 de mayo de 1994 y 11 de octubre de 1994, sobre Visado Urbanístico.
2. Quedan igualmente derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Ley.
- Texto Original. Publicado el 14-05-1999 en vigor desde 15-05-1999