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Ddt �nica Ordenación del Territorio de Canarias

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D.DT. UNICA. Disposiciones que quedan derogadas de forma expresa y por sustitución.

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1. Quedan derogadas expresamente:

a) Las siguientes Leyes:

1) La Ley 3/1985, de 29 de julio, de Medidas Urgentes en Materia de Urbanismo y Protección de la Naturaleza.

2) La Ley 1/1987, de 13 de marzo, reguladora de los Planes Insulares de Ordenación.

3) La Ley 5/1987, de 7 de abril, sobre Ordenación Urbanística del Suelo Rústico de la Comunidad Autónoma de Canarias.

4) La Ley 6/1987, de 7 de abril, sobre el Sistema de Actuación de Urbanización Diferida.

5) La Ley 7/1990, de 14 de mayo, de Disciplina Urbanística y Territorial.

b) Las siguientes disposiciones reglamentarias:

1) El Decreto 29/1991, de 21 de febrero.

2) El Decreto 220/1993, de 29 de julio.

3) Las Órdenes Departamentales, de 17 de mayo de 1994 y 11 de octubre de 1994, sobre Visado Urbanístico.

2. Quedan igualmente derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-05-1999 en vigor desde 15-05-1999