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Ddt �nica Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas 2002 C. León

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D.DT. UNICA.

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Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en esta Ley y en particular las siguientes:

- Los apartados 2 y 3 del artículo 8 y los artículos 124, 125, 134.1, 136.4, 149 y 150 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León.

- Los artículos 8, 57, 58, 66, 77.1 y 88.2 de la Ley 6/1987, de 7 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León.

- La letra n) del artículo 10.2 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1990, de 25 de octubre.

- El artículo 23 de la Ley 17/1990, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 1991.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2002 en vigor desde 30-01-2003