Ddt �nica Función pública de La Rioja

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D.DT. Única.

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Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente ley, y de forma expresa la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda.

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