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Ddt �nica Se establece el sentido del silencio administrativo y los plazos de determinados procedimientos como garantías procedimentales para los ciudadanos
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»D.DT. UNICA. Normativa que se deroga.
Vigente
1. Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan o contradigan a la presente Ley.
2. En especial, quedan derogados, en lo que respecta al sentido del silencio, los Decretos 132/1993, 133/1993, 134/1993, 135/1993, 136/1993, 137/1993, 138/1993, 139/1993, 140/1993, 141/1993, 142/1993 y 143/1993, todos ellos de 7 de septiembre, de adaptación a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Quedan igualmente derogados los artículos 40 y su anexo, 41 y 42 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-2001 en vigor desde 01-08-2001