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Ddt �nica adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad

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D.DT. UNICA. Derogación normativa.

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Queda derogado lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, así como cualquier otra disposición de igual o inferior rango que se oponga a este real decreto.