Ddt 2 Electoral de I Balears

Ddt 2 Electoral de I. Balears

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D.DT. 2ª.

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La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares».

Palma de Mallorca, 26 de noviembre de 1986.

JUAN HUGUET ROTGER,

GABRIEL CAÑELLAS FONS,

Vicepresidente

Presidente

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-12-1986 en vigor desde 21-12-1986