Da única Tribunal Vasco de Cuentas Públicas
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»D.A. 1ª.
Vigente
El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas aprobará, en el plazo de 12 meses desde la publicación de esta ley, el reglamento de régimen interno de la institución, que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco, así como en la web del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 1ª (se añade)) por LEY 6/2021, de 28 de octubre, de modificación de la Ley del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.
(BOPV de 09-11-2021) en vigor desde 10-11-2021 - Artículo modificado por Ley 5/1997, de 30 de mayo, reguladora de utilización ycontrol de los créditos destinados a gastos reservados.
(BOE de 11-01-2012) en vigor desde 25-06-1997