Da única Regulación de las parejas de hecho
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»D.A. única. Registros de las entidades locales.
Vigente
Las entidades locales podrán crear registros de parejas de hecho con carácter censal y a los efectos exclusivos del ejercicio de las competencias de dichas entidades.
Modificaciones
- Modificación realizada (Articulo historico) por Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales.
(BOE de 12-07-2012) en vigor desde 01-07-2012 - Texto Original. Publicado el 19-03-2003 en vigor desde 01-07-2012