D.A. Única. Procedimiento especial de reintegro de salario social básico indebidamente percibido con motivo del reconocimiento de la prestación económica de ingreso mínimo vital
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Vigente
Cuando la Administración del Principado de Asturias hubiera hecho uso de los mecanismos de colaboración previstos en la normativa sobre el ingreso mínimo vital, el reintegro del salario social básico que hubiere sido declarado indebidamente percibido con motivo del reconocimiento de esta prestación económica, se podrá llevar a cabo mediante el procedimiento especial que se establece a estos efectos en la disposición adicional novena de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. Única (se añade)) por Decreto 25/2022, de 29 de abril, de primera modificación del Decreto 29/2011, de 13 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley del Principado de Asturias 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico. [Cód. 2022-03409]
(BOPA de 12-05-2022) en vigor desde 01-06-2022 - Texto Original. Publicado el 27-04-2011 en vigor desde 01-06-2022