Da única Modificación de la Ley 2/2002 -Gestión de Emergencias-
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»D.A. Única. Programas de colaboración.
Vigente
Se podrán establecer programas de colaboración con los entes locales con objeto de instrumentalizar medidas de fomento para la dotación de recursos destinados a los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, en el marco de las disponibilidades presupuestarias existentes.