Da única Medidas Tributarias, de Simplificación Administrativa y en materia de Función Pública
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. UNICA. Régimen de la bonificación de los servicios de centro de día y de centro de noche y de los servicios de promoción de la autonomía personal de intensidad especializada en atención diurna.
Vigente
La bonificación a favor de los usuarios de los servicios de centro de día y de centro de noche y de los servicios de promoción de la autonomía personal de intensidad especializada en atención diurna, menores de 65 años y perceptores de pensiones públicas de orfandad, se aplicará desde el 1 de enero de 2014 en aquellos usuarios en los que resulte acreditada la concurrencia de los requisitos. Las cantidades ingresadas en concepto de precio público a favor de la Administración regional podrán ser deducidas de aquellos otros precios públicos que deba abonar el usuario por la prestación de los mencionados servicios del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-11-2014 en vigor desde 29-11-2014