Da única Incentivos Regionales para la corrección de desequilibrios interterritoriales
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»D.A. UNICA.
Vigente
Queda autorizado el Gobierno para dictar cuantas disposiciones exija el desarrollo de esta Ley y para modificar el límite cuantitativo establecido en el artículo 5.2 en función de la evolución de las circunstancias económicas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-01-1986 en vigor desde 23-01-1986