Da única Gestión del Fondo de cohesión sanitaria.
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»D.A. UNICA. Competencia del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en relación con Ceuta y Melilla.
Vigente
Las referencias que en esta norma se realizan a las comunidades autónomas, se entenderán hechas al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en relación con las ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-10-2006 en vigor desde 22-10-2006