Da única Coordinación de ... carretera

Da única Coordinación de los servicios de transportes urbanos e interurbanos por carretera

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

DISPOSICIÓN ADICIONAL.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Lo dispuesto en el título I de la presente Ley, en lo referente al establecimiento o ampliación de servicios urbanos colectivos, será de aplicación además de a los municipios a cualquier entidad local, con competencias en materia de transportes, constituida con anterioridad o posterioridad a la aprobación de esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-07-1996 en vigor desde 22-08-1996