Da única Cooperación Administración - Ayuntamientos en la selección de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local
D.A. 1ª. Asunción progresiva por la Administración general de la Comunidad Autónoma de la convocatoria y del desarrollo de los procesos selectivos
La asunción por la Administración general de la Comunidad Autónoma de la convocatoria y del desarrollo de los procesos selectivos para el acceso a las diferentes categorías de los cuerpos de policía local y a los puestos de vigilantes municipales y auxiliares de policía local regulada en este decreto se llevará a cabo progresivamente, en los siguientes términos:
a) En el año 2018 se hará efectiva para el acceso, mediante el sistema de turno libre, a la categoría de policía y a los puestos de vigilantes municipales y auxiliares de policía local. En este primer año, el plazo para que los ayuntamientos comuniquen a la Academia Gallega de Seguridad Pública las plazas que se tendrán que convocar para su cuerpo de policía local o de los puestos de vigilantes municipales se prorrogará hasta el final del mes de marzo y las de auxiliares de policía local hasta el final del mes de febrero.
b) A partir del año 2019 se hará efectiva para el acceso a las demás categorías de los cuerpos de policía local, de acuerdo con la periodización que se establezca por orden de la persona titular de la consellería competente en materia de seguridad.
- Artículo modificado por DECRETO 20/2019, de 28 de febrero, por el que se modifica el Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local.
(DOGA de 11-03-2019) en vigor desde 12-03-2019